Manual práctico | Reglamentaciones comerciales en el Oriente Medio
   
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  Reglamentación para la importación a Jordania
1. Exchange controls
2. Controles a la importación
3. Controles a la exportación y licencia
4. Organizaciones comerciales del estado
5. Normas y reglamentaciones técnicas
6. Reglamentaciones sobre el etiquetado y el empaque
7. Documentación
8. Muestras comerciales e Importaciones Temporales
9. Derechos arancelarios
  1. Controles de las divisas
  Los inversores extranjeros están autorizados a tener cantidades ilimitadas de divisas en los bancos nacionales.
  Los inversores extranjeros no se someten a restricciones en lo que se refiere a las salidas de las divisas y de la moneda nacional.
  2. Controles a la importación
  El Ministerio de Oferta importa y fija los precios para:
  • Los productos alimenticios estratégicos incluidos el arroz, el trigo, el azúcar, la harina (empaquetada) y le leche en polvo.
  • Las materias básicas para la construcción.
  • Los productos petrolíferos.
  El gobierno ha autorizado al sector privado importar algunos de los productos anteriores incluido el arroz, el azúcar, la harina (empaquetada) y la leche en polvo.
  Los importadores que abran cartas de crédito deben proporcionar dinero para cubrir el 20% de los costes para las instalaciones técnicas y la maquinaría industrial, el 25% de las materias brutas y de las materias de empaquetamiento en la industria local, el 30% para los productos alimenticios, el 70% para los demás productos y el 80% para las importaciones a las zonas francas.
  Se puede obtener una licencia del Ministerio de la Industria y del Comercio para todas las importaciones y exportaciones, pero no hay ninguna restricción en los bienes que pueden venderse de modo privado - diferentes de las importaciones prohibidas por el Ministerio de la Oferta. Se recarga un 1% a los importadores de los bienes almacenados en las zonas francas.
  En enero de 1998, Jordania ha aplicado el Documento Único de la Administración (DAC), que permite a las autoridades aduaneras jordanas conformarse con las declaraciones de la UE y aplicar una primera etapa del procedimiento arancelario.
  3. Controles a la exportación y licencia
  El socio comercial más importante de Jordania es Iraq y las empresas europeas deberían asegurarse, en particular para los productos sensibles, que los jordanos son los usuarios finales y que no están destinados a una transferencia a Iraq donde se aplican actualmente las Sanciones de las NU.
Los Gobiernos europeos mantienen los controles para impedir la exportación de bienes, incluida la tecnología, por una multitud de razones que comprenden:
  • la seguridad colectiva de los estados de la UE y de sus aliados de la OTAN
  • la seguridad nacional y las exigencias de la política exterior
  • las obligaciones legales internacionales y los protocolos
  • la política de no-proliferación
    Si los bienes o las tecnologías se someten a los controles para la exportación de su estado, se necesita una licencia para obtener la autorización legal de exportarlos.
  4. Organizaciones comerciales del estado
  La adquisición del gobierno se realiza habitualmente a través de licitaciones públicas, mientras las compras menores se efectúan por medio de un contrato directo.
  Se requiere un agente en el mercado para la mayoría de los contratos gubernamentales.
  5. Normas y reglamentaciones técnicas
  Se ha creado en 1995 el Instituto para las Normas y la Metrología de Jordania como una entidad autónoma que posee la entera responsabilidad de fijar las especificaciones técnicas. La mayoría de las especificaciones jordanas se basan en las normas y especificaciones europeas, en particular las del Reino Unido y de Alemania.
  Certificados hallal para los productos cárneos
Todos los productos con carne de vaca y de aves de corral importados exigen un certificado de sanidad por parte del país de origen así como un certificado de matanza hallal emitido por un centro islámico aprobado en el país de origen.
  6. Reglamentaciones sobre el etiquetado y el empaque
  El departamento de Normas y Medidas define las reglamentaciones de etiquetado.
  Diversos requisitos regulan las importaciones de los productos alimenticios, las medicinas, las sustancias químicas y los demás productos de consumo.
  Se debe marcar, estampillar, poner la marca de fábrica o etiquetar claramente los productos para indicar el país de origen.
  Para mayor seguridad, se aconseja poner un etiquetado bilingüe (inglés y árabe), en particular si los productos se destinan al mercado general.
  Las etiquetas deben incluir también la información sobre:
  • los datos del lugar de identificación
  • la identificación del fabricante
  • la información del producto
  • las indicaciones sobre las normas de calidad
  • la fecha de producción y de caducidad.
  7. Documentación
  Las expediciones deben estar cubiertas por una factura comercial, un certificado de origen y un conocimiento de embarque en original y tantas copias como lo exija el importador. - Cuando los bienes se exportan a partir de Londres, la factura debe ser certificada por la Cámara de Comercio Arabe o la Cámara de Comercio de su Capital y legalizado por la Embajada de Reino Hashemita de Jordania.
  Fuera de la Capital, se debe certificar la factura por una Cámara de Comercio o un organismo idéntico.

En una copia de la factura debe constar una declaración por parte del exportador que certifica el precio y el país de origen de los bienes.
  No se necesita el certificado si los bienes se estiman inferiores a JD300 o si los bienes importados por un oficial u otro cuerpo están exentos del pago de los derechos arancelarios.
  Los bienes que no tengan una documentación certificada serán sometidos a un recargo del 1% tomando como base el valor CIF.
  Habrá también un recargo del 1% para los bienes que se exportan desde un país diferente del suyo.
  8. Muestras comerciales e Importaciones Temporales
  Para obtener los derechos de entrada temporal, los exportadores deben someter una demanda al Departamento de aduanas.
  El derecho de entrada temporal es de un periodo de un año renovable, para todas las materias brutas e industriales utilizadas en la construcción. Se autoriza la entrada de los bienes semimanufacturados destinados a la fabricación o a la exportación.
  Las muestras sin valor comercial quedan exentas de todos los derechos.
  9. Derechos arancelarios
  A partir del 1 de marzo de 2000, todos los artículos importados pagan un gravamen agregado que no superará el 30%, salvo los coches, los cigarrillos y las bebidas alcohólicas.